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7 Prefecturas del país gestionan cobro directo de regalías mineras
Escrito por Lizzett Vargas      |   20.05.09
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Buscan contar con un formulario único para el pago de regalías mineras que pueda ser aplicable en cualquier región del país, y que se ejecute mediante un sistema informático de cobranza común. Se pretende además que el pago por el tributo a la explotación pueda beneficiar al departamento de donde se extrajo el mineral.

Las prefecturas de los departamentos productores de minerales del país tramitan el cobro directo de las regalías mineras (RM), sin intermediación del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), amparadas en la Ley 3087 y el Decreto Supremo 29577, por lo que participan de reuniones conjuntas con funcionarios del Gobierno Nacional en las que ultiman detalles técnicos y administrativos para concretar este objetivo.
El 4 y 5 de este mes, representantes de las Prefecturas de Potosí, Oruro, Santa Cruz, Cochabamba, Chuquisaca, Tarija y La Paz sostuvieron reuniones con el ministro de Minería y Metalurgia, Luis Alberto Echazú y el de Hacienda, Luis Arce Catacora en la Sede de Gobierno para buscar la autorización y emisión de Resoluciones Ministeriales para la implantación de los Formularios (101) (control y salida de minerales) y 102 (cobro de regalía minera).
Del mismo modo en esa oportunidad se reunieron con el superintendente de Bancos y Entidades Financieras, Raúl Zabalaga Estrada, para solicitar su intermediación en la suscripción de contratos  con las entidades bancarias y financieras, a fin de tener la orientación sobre la forma de administración en la captación de impuestos mineros y la forma de implementar este proceso.
Dentro de las demandas realizadas ante el Gobierno Nacional, los departamentos productores mineros solicitaron dejar sin efecto la disposición transitoria del DS 29577 que en su quinta parte faculta al SIN a intermediar los cobros de regalías mineras, porque representa “elevados costos”, puesto que su comisión por realizar este servicio es del 1 por ciento del total de los pagos que reciben.

La respuesta del Poder Ejecutivo a las demandas regionales en el tema de cobro de las regalías mineras en principio es favorable, aunque todavía existen aspectos en detalle que se definirán en reuniones posteriores donde se discutirá un documento técnico jurídico y un borrador de Decreto Supremo, que anularía la reglamentación vigente que faculta al SIN a hacer la cobranza respectiva.
“Se ha tenido que explicar de manera amplia el alcance de la posición de los departamentos productores porque se hizo una consultoría que muestra como este trabajo va a encararse y se le demostró al los ministerios del ramo su viabilidad y legalidad por lo en un principio ellos estarían de acuerdo”, explicó el asesor de Hidrocarburos y Minería de la Prefectura cruceña, José Padilla.
La idea es contar con un formulario único para el pago de regalías mineras que pueda ser aplicable en cualquier región del país, y que se ejecute mediante un sistema informático de cobranza común. Se pretende además que el pago por el tributo a la explotación pueda beneficiar al departamento de donde se extrajo el mineral.
Otra de las ventajas de que el cobro de las RM se haga en las Prefecturas es que de esta manera se hará el seguimiento al catastro minero a fin de conocer que empresas o personas explotan sus yacimientos concesionados para buscar mecanismos internos y externos que viabilicen prospecciones y mejoren la productividad de sus áreas de trabajo.
En el caso de Santa Cruz la actividad minera poco a poco va ganando importancia, especialmente por la futura explotación del Mutún y por los proyectos de minerales no metálicos para los que se pretende contar con mecanismos de fiscalización y de seguimiento.

El reclamo se basa en el artículo 28 del DS 29577 del 21 de mayo del 2008 que dice: “La recaudación, percepción y fiscalización de la RM, en la forma establecida en el presente Decreto Supremo, estará a cargo de las Prefecturas de los departamentos productores. Las Prefecturas de los departamentos productores son responsables de proporcionar a los municipios beneficiarios la información relativa a la RM. El Ministerio de Minería y Metalurgia, como cabeza de sector, queda autorizado a dictar las normas administrativas pertinentes para la correcta aplicación de la RM, en coordinación con el Ministerio de Hacienda”
A su vez la Ley 3787 del 24 de noviembre del 2007, en su artículo 100 inciso II en la segunda parte, indica textualmente que: “La recaudación por concepto de RM será transferida en forma directa y automática, a través del sistema bancario en los porcentajes definidos en este artículo, a las cuentas fiscales de la prefecturas y de los municipios respectivamente”.
Y la misma ley 3784 explica que del total de las regalías mineras el 85 por ciento corresponderá a las prefecturas productoras, las que a su vez, destinarán similar porcentaje para inversión pública, del cual el 10 por ciento debe ser utilizado en actividades de prospección y exploración, reactivación productiva y monitoreo ambiental en el sector con entidades ejecutoras especializadas en desarrollo y explotación de minerales. Se explica además que el 15 por ciento corresponde al municipio productor, que a su vez destinará el 85 por ciento para inversión pública.
Más exportaciones, menos recaudaciones
De acuerdo al análisis técnico realizado por la Asesoría de Hidrocarburos y Minería de la Prefectura cruceña, si bien as recaudaciones por concepto de regalías mineras en las gestiones 2006, 2007 y 2008 en el departamento, tuvieron un crecimiento considerable con relación a los periodos anteriores, el mismo no guarda relación con los montos que se declaran por exportaciones de este sector, que son superiores.
“Existe preocupación por los bajos niveles  impositivos alcanzados en el sector minero. Las exportaciones mineras casi se han duplicado, sin embargo no sucede lo mismo con la recaudación impositiva”, remarca Padilla.
En el caso de la comercialización interna de minerales actualmente, no existe mecanismo de control para este fin, además que el que controlaba las exportaciones lo hacía de manera deficiente, lo que se traduce en bajas recaudaciones producto de las exportaciones y precios injustos para los productores en el mercado interno.
En este tema, uno de los desafíos en el tema de minería tiene que ver con el control del mercado interno porque existe comercialización que no paga regalías, a diferencia de la de exportación,  como es el caso de la venta de oro a las joyerías, lo que puede ser regulado con el apoyo interinstitucional. En base a las consideraciones anotadas, se dictó una resolución prefectural para implementar Mecanismos de Control.

Mecanismos de Control

El proyecto prefectural consiste en la  implementación de un mecanismo de control y fiscalización de minerales, cuya función, es el control y fiscalización en la comercialización interna y el proceso de exportación de minerales metálicos y no metálicos. El mecanismo diseñado está estructurado a partir de la implementación de 3 componentes básicos interrelacionados entre sí:
El primer componente comprende el registro de operadores mineros, revisión de información técnica contable de las instituciones que están involucradas en la temática. El segundo es la Inspección a los centros de operación de los concesionarios u operadores mineros, mientras que el tercero es la implementación de una hoja de ruta.
El objetivo principal de los mecanismos de control es reducir los niveles de evasión de la Regalía Minera (RM) por los concesionarios u operadores, mediante el incremento y mejora de los niveles de recaudación para el Departamento de Santa Cruz. Para ello se prevé autorizar la salida de minerales, identificar los ingresos, conciliar libros RM, Compras – Ventas, verificar el peso y ley de los minerales, re-calcular las declaraciones juradas de la RM, controlar  el transporte  y comercialización ilegal de minerales.
Asimismo se proyecta incrementar la ejecución de proyectos de inversión pública con recursos  adicionales de RM para la región. Coadyuvar al mayor desarrollo económico y social del departamento de Santa Cruz y obtener información actualizada, ágil y oportuna para la toma de decisiones en el Gobierno Departamental. ▲

 

 

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